miércoles, 27 de marzo de 2013

ALMACENES NO DEBEN DIFERENCIAR LOS PRECIOS

Según, la resolución JB-2012-2208 de la Junta Bancaria, todo establecimiento comercial está obligado a ofertar un producto con un solo precio: sea con tarjeta de crédito o al contado. Además, el documento indica que "toda oferta, promoción, rebaja o descuento para quien cancela en efectivo, "también podrá ser exigida por el consumidor que efectúa pagos mediante el uso de tarjetas de crédito". Los compradores que reciban valores diferenciados, dependiendo de la forma de pago, pueden acudir a a la Dirección de Atención al Usuario, de la Superintendencia de Bancos. Una vez ingresado el trámite, la SBS inicia la investigación y solicita información correspondiente a la institución financiera o casa comercial. Verificada la pertinencia del caso, el usuario obtendrá una respuesta. Expreso, 5 nov. 2012, p. 7

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