martes, 5 de junio de 2012
LA CONCESIÓN DEL PUERTO DE MANTA / Apolo, José Modesto
En el año 2005 se inició en Manta el proceso de concesión del Puerto de Transferencia Internacional y de Aguas Profundas, bajo la modalidad de delegación, "oferta por la iniciativa privada", siendo Hutchinson Port Holdings. La principal obligación que debió incluirse en el Contrato de Concesión del Puerto de Manta es el cronograma a cumplir por la concesionaria para llegar a operar carga de transbordo en el porcentaje que se establezca por las partes para un puerto de transferencia internacional de carga, pero curiosamente esta obligación, que es la base tanto de la ley como del concurso, no se incluyó en el Contrato de Concesión. La concesión del puerto de Manta debe mantenerse, siendo indispensable, más allá de solucionar los incumplimientos que se endilgan las partes, que se incluya la definición y por tanto la obligación de la concesionaria de operar carga de transbordo, dentro del periodo de tiempo y en los porcentajes de incremento anual que se incluya en el pertinente cronograma. De no hacerlo se estaría incumpliendo tanto la Ley de Desarrollo del Puerto de Manta, como el objeto del Proceso de Concesión. El Universo, 16 feb. 2009, p. 6
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